Basada en el Art. 87 de la Ley Federal del Trabajo
Fórmula: (15 ÷ 365) × Días trabajados × Salario diario
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Nota: El aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre (Art. 87 LFT).
Los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a 15 días de salario. Quienes no hayan cumplido el año de servicios tienen derecho a la parte proporcional conforme al tiempo trabajado. El pago debe realizarse antes del 20 de diciembre.
Salarios mínimos 2026: Zona General $315.04 diarios | Zona Libre de la Frontera Norte $440.87 diarios (CONASAMI).